TarifasDe acuerdo a lo reglamentado por el MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, Registro único  Postal, Resolución del 3 de julio del 2.010, en ejercicio de las facultades conferidas por la ley 1369 de 2.009 emitida el 28 de junio, Resolución 2567 de 2.010, por la cual se determina la tarifa mínima de los servicios de mensajería que tengan como fin la distribución de objetos postales masivos y su conexión entre operadores dictando las disposiciones de un precio mínima de tarifa piso $394.oo ciudades capitales en correo urbano y $494.oo correo rural ciudades intermedias y poblaciones lejanas o de difícil acceso $580.oo.

El no cumplimiento a lo establecido y mencionado anteriormente de la Ley y Resolución acarreara sanciones económicas y legales para las empresas de mensajería y los clientes a los que les preste los servicios.

Esperamos que nuestra propuesta cumpla sus expectativas y así obtener nuestro objetivo de ser la mejor alternativa de distribución de su correspondencia reconocida como una empresa modelo de servicio y organización y contar con ustedes como nuestros clientes.